En esos casos exceptuados «se deberá garantizar la organización de turnos, si correspondiere, y los modos de trabajo y de traslado que garanticen las medidas de distanciamiento e higiene necesarias.
Por medio de la Decisión Administrativa 1436/2020, publicada en el Boletín Oficial, el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, dispuso que podrán retomarse en la ciudad de Buenos Aires las actividades teatrales sin público, los trabajos de mantenimiento y conservación de las colecciones e instalaciones en museos, y el sistema de préstamo de libros de las bibliotecas.
La norma indica que en esos casos exceptuados «se deberá garantizar la organización de turnos, si correspondiere, y los modos de trabajo y de traslado que garanticen las medidas de distanciamiento e higiene necesarias para disminuir el riesgo de contagio.
También se prescribe que «los o las titulares o responsables de los lugares donde se efectúen las tareas autorizadas deberán garantizar las condiciones de higiene, seguridad y traslado establecidas por la jurisdicción para preservar la salud de las trabajadoras y de los trabajadores, y que estos lleguen a sus lugares de trabajo sin la utilización del servicio público de transporte de pasajeros».
Además, se especifica que el Gobierno porteño «deberá dictar las reglamentaciones necesarias para el desarrollo de las actividades, «pudiendo el jefe de Gobierno implementarlas gradualmente, suspenderlas o reanudarlas, en el marco de su competencia territorial, en forma total o parcial, en virtud de las recomendaciones de la autoridad sanitaria jurisdiccional y conforme a la situación epidemiológica y sanitaria».