El titular del Juzgado de instrucción número 2 de Barcelona consideró que, pese a que las tesis de Hacienda y de la defensa son «diametralmente opuestas» en cuanto a la interpretación tributaria a aplicar, hay «indicios suficientes de criminalidad» para continuar con el procedimiento contra ella y que el caso se dirima en el juicio.
El juez sostuvo que la cantante habría dejado de tributar en España durante esos tres años «pese a tener la obligación de hacerlo por tener aquí su residencia fiscal».
Los peritos designados por la defensa de Shakira mantienen que la cantante disponía de un certificado de residencia permanente en Bahamas y que, hasta 2015, su presencia en España no superó los 183 días anuales que la obligaban a tributar en este país.
Además, sostienen que los días en que permaneció fuera de España -con motivo de sus giras de conciertos o su participación en el “reality” televisivo «The Voice» en Estados Unidos- no deben contabilizarse como tiempo de residencia en el país.