La Corte Suprema de Justicia convocó para el 17 de marzo a una audiencia pública para decidir en una causa de Natalia Denegri contra Google, donde la exmodelo reclama que se aplique el “derecho al olvido” y que el buscador desindexe contenidos de TV y fotos protagonizados por ella en la década del 90 cuando fue uno de los personajes de la causa judicial fraguada contra Guillermo Cóppola, acusado falsamente de tráfico de drogas.
La carátula de la causa es “Denegri, Natalia Ruth c/ Google Inc. s/ Derechos personalísimo: acciones relacionadas”. Para la audiencia pública ante los cuatro magistrados de la Corte están invitados el procurador general de la Nación interino, Eduardo Casal, los abogados de las partes y se habilitó la participación de Amigos del Tribunal que tengan interés en el caso y quieran aportar su opinión. Se descuenta que habrá un gran interés de la entidades de medios periodísticos defensoras de la libertad de expresión.
La causa permitirá debatir cuestiones de fondo con el derecho a la intimidad, el derecho al honor, la libertad de expresión, el interés público, el interés periodístico, la censura y la responsabilidad de los buscadores.
Denegri apareció en programas de TV en la década del 90, junto con otra joven, Samanta Farjat. Ambas eran testigos de la causa contra Coppola, que fue preso acusado de tener drogas en un jarrón. A la postre se comprobó que se trataba de una causa armada, Coppola fue sobreseído y el juez federal de Dolores Hernán Bernasconi y su secretario, que llevaban la causa, fueron condenados.
La mujer es hoy una conductora y productora de TV premiada en los Estados Unidos. Reclamó a la Justicia que no se pudiera acceder desde Google a los contenidos de los programas de TV que protagonizó porque dijo que la afectaban en la actualidad.
La Justicia le dio la razón en primera y en segunda instancia, pero Google apeló y el caso llegó ahora a la Corte Suprema de Justicia, que mas allá de decidir sobre el caso Denegri, va a fijar un estándar sobre si las personas pueden pedir a los buscadores que dejen de indexar noticias del pasado que consideran perjudiciales.
Los jueces hasta ahora entendieron que el caso no estaba relacionado con un contenido informativo, sino que estaba vinculado con cuestiones de morbo televisivo y que no estaba en juego la libertad de expresión y el interés público por un suceso informativo.
La Justicia reconoció el perjuicio que le generaba a Denegri la difusión de estas imágenes en la actualidad. Denegri recibió en 13 oportunidades el premio Emmy de Florida por sus documentales y programas de contenido social. La Justicia dijo que en los 90 fue “víctima de una maniobra delictiva por la cual le implantaron pruebas falsas” y “la privaron de su libertad de manera ilícita”.
Por eso se había ordenado la desindexación de los enlaces que exhibieran videos o fotos tomadas hace 30 años, correspondientes a esas escenas de cualquier entrevista televisiva que hubiera dado Denegri relacionada con su vida privada. No se ordenó borrar los contenidos, sino que Google no muestre los resultados cuando se busca el nombre.
No se trata de borrar contenido falsos, sino desindexar los que el interesado considera perjudiciales, lo que abre una polémica que involucra a medios, organismos internacionales defensores de la libertad de expresión, al gigante de Internet y a los particulares.
En Europa se reconoció el “derecho al olvido”. En Latinoamérica, en 2010, la brasileña Xuxa inició un juicio contra Google para reclamar que se desindexe un video íntimo, pero tras casi ocho años de litigios la Justicia brasileña falló en su contra.
En México, el empresario Carlos Sánchez de la Peña obtuvo un fallo favorable en primera instancia para desindexar de Google un enlace a la revista Fortuna en el que se lo vinculaba con actos de corrupción. Aunque en segunda instancia la Justicia estableció que desindexar la nota atentaba contra la libertad de expresión y falló en su contra.
Fuente: La Nación