El Diccionario de la Real Academia Española (RAE) considera ambas correctas:
poeta.
(Del lat. poēta, y este del gr.ποιητής).
1. com. Persona que compone obras poéticas.
2. com. Persona dotada de gracia o sensibilidad poética.
Es importante fijarse en que dice «persona”, y por tanto no ciñe la definición al género masculino, como antiguamente ocurría.
Sin embargo, hay un debate abierto sobre estas cuestiones, ya que la lengua no es inocente y refleja convencionalismos sociales. Lo cierto es que el femenino se ha empleado en ciertos tiempos de una manera peyorativa, minusvalorando la obra, y por ello algunas poetas prefieren utilizar este término que no crea diferencias. En el pasado se había identificado a las «poetisas» con señoritas cursis que llenaban sus ocios componiendo rimas sentimentales, es curioso que, dado que también existían varones con tal afectación que escribían poemas de menos valor, nunca se los diferenció con una palabra distinta.
Sin embargo, hay corrientes feministas que defienden lo contrario, que hay que emplear poetisa y devolverle su valor. La RAE se ha hecho eco de esto y en la última versión se produce una modificación de la definición de poetisa que pasa de:
poetisa.
(Del lat. poetissa).
1. f. Mujer que compone obras poéticas y está dotada de las facultades necesarias para componerlas.
2. f. Mujer que escribe obras poéticas.
A:
poetisa.
(Del lat. poetissa).
1. f. Mujer poeta.
Buena elección, y que cada cual se defina libremente como le apetezca. El empleo mayoritario y normalizado acabará dando a una de las dos como favorita.